viernes, 3 de marzo de 2017

ÉTICA DEL CONTADOR PÚBLICO

Revista de Contabilidad y Dirección
Vol. 21, año 2015, pp. 119-130
www.accid.org
Asociación Catalana de Contabilidad y Dirección
Barcelona - España


RESUMEN
La Ciencia Contable tiene como objetivo satisfacer las necesidades
de información de los distintos agentes económicos de la sociedad,
lo cual se logra mediante la cuantificación de hechos socio
económicos, para producir información con el fin de controlar, planificar,
medir, optimizar la gestión, para la efectiva y oportuna toma de
decisiones.
El Contador Público, como depositario de la confianza pública,
“da fe” cuando suscribe un documento que expresa opinión sobre
determinados hechos económicos pasados, presentes o futuros.
Los inversionistas, acreedores, empleadores, gobierno y público en
general, confían en los Contadores Públicos para tener una sólida
información financiera y el consejo competente y oportuno. La actitud
y comportamiento de los Contadores al proporcionar tales servicios,
tiene un impacto en el bienestar económico del país.
En sus actuaciones profesionales el Contador Público debe considerar
y analizar al usuario de sus servicios como ente económico independiente,
observando los Principios de: Integridad, Objetividad,
Independencia, Responsabilidad, Confidencialidad, Respeto y Observancia
de las disposiciones normativas y reglamentarias, Competencia
y actualización Profesional, Difusión y colaboración, Respeto
entre Colegas, y Conducta Ética intachable.
El conocimiento y aplicación de lo normado en el Código de Ética
Profesional del Contador Público es de vital importancia y este Código
debe ser observado por todos los Contadores Públicos.

PALABRAS CLAVE
Ética, Ética Profesional, Código de Ética, Código Ética IFAC.

ABSTRACT
Accounting Science aims to meet the information needs of different
economic actors in society, which is achieved by quantifying socioeconomic
facts, to produce information in order to monitor, plan,
measure, optimize management, to effective and timely decisions.
The Public Accountant, as depositary of the public trust, “attests”
when he signs a document that expresses opinion on certain past,
present or future economic events.
Investors, creditors, employers, government and the general public
rely on Public Accountants to have a solid financial information and
competent and timely advice. The attitude and behavior of Accountants
to provide such services, has an impact on the economic welfare
of the country. In its proceedings the Public Accountant should consider
and analyze the user of its services as an independent economic
entity, observing the principles of: Integrity, Objectivity, Independence,
Responsibility, Confidentiality, Respect and Observance of
rules and regulations, Competition and Professional upgrade, Dissemination
and Collaboration, Respect among colleagues; and faultless
Ethical Conduct.
The knowledge and application of the provisions contained in the
Code of Professional Ethics the Public Accountant is vital and this
Code should be observed by all Public Accountants.

KEYWORDS
Ethics, Professional Ethics, Code of Ethics, IFAC Ethics Code.

1. Ética
Según Aristóteles, el hombre no escoge el fin que está en él por naturaleza,
como la luz, que lo lleva a juzgar correctamente y escoger el bien
verdadero. Más la virtud que es el poder o potestad de obrar conforme a las
leyes morales, depende precisamente de la elección de los medios que se
hace en vista del bien supremo.
La virtud moral consiste en la capacidad de escoger el justo medio,
adecuado a nuestra naturaleza, tal como es determinado por la razón. El
justo medio excluye los dos extremos viciosos, que pecan uno por exceso y
otro por defecto. Esta capacidad de elección es un poder que se perfecciona
y refuerza con el ejercicio.
Sus diferentes aspectos constituyen las varias virtudes éticas:
El valor, que es el justo medio entre la cobardía y la temeridad, determina
lo que debemos o no debemos temer.
La templanza, que es el justo medio entre la intemperancia y la insensibilidad,
se refiere al uso moderado de los placeres.
La liberalidad, que es el justo medio entre la avaricia y la prodigalidad,
concierne al uso prudente de las riquezas.
La magnanimidad, que es el justo medio entre la vanidad y la humildad,
concierne a la recta opinión de sí mismo.
La mansedumbre, que es el justo medio entre la irascibilidad y la indolencia,
concierne a la ira.
La virtud ética principal es la justicia, en un sentido más general, es
decir, como conformidad a las leyes, la justicia no es una virtud particular,
más bien la virtud íntegra y perfecta. En efecto el hombre que respeta todas
las leyes es el hombre completamente virtuoso.
La virtud intelectiva o dianoética, es propicia del ser racional, comprende
la ciencia, el arte, la prudencia, la inteligencia, la sabiduría.
La ciencia, es la capacidad demostrativa que tiene por objeto lo que no
puede suceder diferentemente de como sucede, es decir, lo necesario y lo eterno.
El arte, es la capacidad acompañada de razón de producir algún objeto.
La prudencia, es la capacidad unida a la razón de obrar en forma conveniente
frente a los bienes humanos.
La inteligencia, es la capacidad de comprender los primeros principios
de todas las ciencias que precisamente por ser principios no forman parte de
la misma ciencia.
La sabiduría, es el grado más alto de la ciencia y sirve no solo para
deducir los principios, sino juzgar su misma verdad.
Mientras la prudencia se refiere a las cosas humanas y consiste en el
juicio sobre la conveniencia, oportunidad y utilidad. La sabiduría se refiere
a las cosas más altas y universales.
Este contraste de sabiduría y prudencia, es el reflejo en el campo de la
ética de la actitud filosófica fundamental de Aristóteles, este contraste no
existía para Platón para quien la sola prudencia humana es la ciencia suprema
que tiene por objeto el bien como principio del ser.
La palabra ética proviene del griego éthikós que a su vez proviene del
vocablo ethos que significa costumbre, modo de ser, o carácter, en cuanto a
la forma de vida adquirida por el hombre.
La ética puede definirse como la ciencia normativa de la rectitud de los
actos humanos según principios racionales.
La ÉTICA es la ciencia de la conducta humana, que estudia la forma
de actuar que tenemos todos los hombres frente a nuestros semejantes y la
manera en la que nos desenvolvemos en nuestras actividades diarias.
Se dice que la Ética es una ciencia, porque es una disciplina racional ya
que parte de los actos humanos y los transporta hasta llegar a sus principios.
La Ética es un conjunto de conocimientos sistemáticos, metódicos y
racionales basados en la experiencia y fundados en principios.
La ética es una parte de la filosofía, de ahí que su método y características
de investigación hayan de concordar con ésta disciplina.
Diversos autores coinciden en señalar que las virtudes o valores básicos
del ser humano son: la prudencia, la fortaleza, la templanza, la Justicia,
la solidaridad, la autenticidad, la fidelidad, la bondad, el agradecimiento, la
responsabilidad, la libertad, la amistad, la belleza, la paz, la laboriosidad.
Además a estos nosotros podemos agregar la honestidad, la responsabilidad,
la integridad y el respeto a la dignidad de las personas.

2. Ética profesional
La ética Profesional es reconocida como la ciencia normativa que estudia
los deberes y los derechos de los profesionales en el cumplimiento de
sus actividades Profesionales.
A la Ética Profesional también se le conoce como Deontología Profesional
ya que se encarga del estudio y tratado de los deberes y comportamiento
de los Profesionales en el desempeño de sus actividades Profesionales
y personales.
Por tanto Deontología, es el conjunto de reglas de carácter ético que
una profesión se da a sí misma y que sus miembros deben respetar. En un
sentido etimológico, Deontología hace referencia a la ciencia del deber o de
los deberes.
La Deontología es el conjunto sistemático de normas mínimas que un
grupo de profesionales determinados establece y que refleja una concepción
ética común o mayoritaria de sus miembros.
El concepto Deontología puede definirse como el conjunto de principios
éticos asumidos voluntariamente por quienes profesan una determinada
Profesión, por razones de integridad, de profesionalismo y de responsabilidad social.
La deontología implica un compromiso de identidad con el rol que cumplen en la vida social.
La deontología es la ciencia que estudia los diversos deberes y el comportamiento
de los Profesionales en sus relaciones con sus clientes, el estado
y sus Colegas. La deontología es un conjunto de comportamientos exigibles
a los Profesionales, aun cuando muchas veces no estén codificados en
una reglamentación jurídica.
Existen cuatro principios básicos que vienen a ser las normas esenciales
que todo Profesional debe tener siempre presente para ejercer con criterio
técnico y ético las actividades propias de su profesión, y estos son:
1. Independencia.- La multiplicidad de deberes del Profesional le impone
una independencia absoluta de criterio que está exenta de cualquier
presión, principalmente de aquella que resulte de sus propios
intereses o influencias exteriores.
2· Confianza.- Las relaciones de confianza no pueden existir si hay alguna
duda sobre la honestidad, la probidad, la rectitud y la sinceridad
del Profesional.
3· Secreto Profesional.- Se debe respetar el secreto de cualquier información
confidencial trasmitida a él por su cliente que se refiera al
propio cliente o a terceros en el marco de los asuntos de su actividad
Profesional.
4. Incompatibilidades.- El Código Profesional debe conciliar las posturas
que puedan presentarse en el desarrollo de una actividad Profesional,
señalando que la incompatibilidad debe ser solucionada respetando
las normas que rigen en la jurisdicción donde ejerza.
La Ética Profesional es la ética en sí aplicada al ejercicio de una Profesión
y comprende los principios de la actuación moral de todos sus miembros,
en las circunstancias peculiares en que sus deberes profesionales los
colocan.
Las personas que ejercen una Profesión en las que ofrecen sus conocimientos
y habilidades al servicio de otros, tienen responsabilidades y obligaciones
con todos los sectores y personas que confían en su trabajo, por lo
que es imprescindible para estos Profesionales la aceptación y el cumplimiento
de las Normas de Ética que regulan su relación con sus Clientes,
Empleadores, Empleados, Estado y Público en general, por lo que se hace
necesario que exista un Código que contenga las normas generales de conducta
aplicables a la práctica diaria de la Profesión.
La Ética Profesional en conclusión, puede definirse como el conjunto
de normas y principios asumidos voluntariamente por quienes ejercen una
determinada Profesión, por razones de integridad, de profesionalismo, de
responsabilidad social.
La profesión tiene como finalidad el bien común o el público, nadie es
Profesional, para sí mismo, pues toda profesión tiene una dimensión social,
de servicio a la comunidad, que se anticipa a la dimensión individual de la
profesión.

3. Código de Ética
Los Colegios Profesionales, tienen entre sus funciones la emisión y
vigilancia de normas que rijan a los profesionales colegiados en el ejercicio
de su actividad.
Es potestad de los Colegios Profesionales fijar unas normas deontológicas,
que adaptadas a las realidades de cada profesión, ayuden por un lado a
definir con claridad la conducta ética deseable de sus profesionales y por otro
lado, eviten comportamientos no deseados que redunden en un desmérito de
la profesión en general que desprestigie al colectivo de profesionales que la
ejerce, la defensa de los destinatarios de los servicios de nuestros profesionales
y la función social que cumplen los Colegios profesionales así lo demanda.
El Código de Ética Profesional del Contador Público está destinado a
servir como norma de conducta a los profesionales de la Contabilidad, que,
como profesión de formación científica y humanista, deben orientar su
práctica profesional a la función social que desempeñan, promoviendo las
condiciones para el progreso económico y bienestar de la Sociedad.
En conclusión, los códigos de ética son las normas en que se expresan
las ideas centrales de la conducta corporativa, de este modo los códigos
ejercen una función regulativa y directiva al indicar los valores colectivos,
los gestos diferenciadores, los compromisos colectivamente contraídos, los
códigos desempeñan una función identificadora de la profesión ante la profesión
misma.
El código no sólo sirve para justificar y dar el debido tono a las censuras
contra los colegas que se desvían de la ética común. El Código planea
siempre sobre las relaciones interprofesionales, sobre las negociaciones de
constitución de grupos, sobre los contratos de empleo, o sobre los pactos de
arrendamiento de servicios, para garantizar que las relaciones profesionales
así creadas se atengan, en su calidad técnica y moral, a las tradiciones del
grupo, cumplen así una función defensiva y protectora.
No se limitan los códigos éticos a ser algo interno a la profesión, puesto
que son, a la vez e inseparablemente, una respuesta que la profesión da a
la sociedad, actúan hacia fuera. La sociedad confiere a la corporación profesional
mucho poder y autoridad, cuando le adjudica, por ejemplo, el monopolio
del ejercicio de la profesión.
El código, en cuanto a respuesta institucional, no trata sólo de los deberes
del profesional hacia los particulares, sino también de las obligaciones
que la profesión y cada uno de sus miembros tienen contraídas con la comunidad
social.
Existen una serie de normas y disposiciones que rigen el desempeño
del profesional en su permanente relación con sus Colegas, Clientes y Público
en general, las cuales se encuentran dispuestas en un Código de Ética,
las que están elaboradas y supervisadas por el respectivo Colegio Profesional,
cuyo acatamiento y cumplimiento es de carácter obligatorio para todos
los Miembros de una Orden Profesional determinada.
El Código de Ética Profesional contiene la normatividad para nuestra
actuación en todas las labores que realizamos, y se ocupa de nuestra responsabilidad
hacia la sociedad en general, el contratante de nuestros servicios,
así como nuestro personal.

4. El Codigo de Ética del Contador Profesional
La Federación Internacional de Contadores (IFAC), como lo establece
su constitución, tiene como misión “el desarrollo y fortalecimiento de la
profesión contable a nivel mundial con estándares armonizados, capaces de
proporcionar servicios de alta calidad a favor del interés público”.
Para el cumplimiento de esta misión, el Comité Ejecutivo de la IFAC
ha creado el Comité de Ética de la IFAC para desarrollar y emitir, bajo su
propia autoridad, estándares éticos de alta calidad y otros pronunciamientos
para el uso de los Contadores profesionales en todo el mundo.
La Federación Internacional de Contadores (IFAC) ha emitido el Código
de Ética del Contador Profesional, que promueve su aplicación por parte
de todos los Contadores del mundo.
Este Código de Ética, establece las reglas de conducta para todos los
Contadores del mundo y determina los principios fundamentales que se deben
respetar para perfeccionar los objetivos comunes de la profesión, además
establece que estos principios son igualmente válidos para todos los Contadores
ya sea que trabajen en el sector público, privado o en la docencia.
El Código de Ética del Contador Profesional de la Federación Internacional
de Contadores (IFAC), reconoce que los objetivos de la Profesión
Contable son trabajar al más alto nivel de profesionalismo y para esto tiene
cuatro exigencias básicas:
Credibilidad, Profesionalismo, Calidad del Servicio, y Confianza.
El Código de Ética para Contadores Profesionales de la IFAC. Versión
2006, fue revisado por el Consejo de Normas Internacionales de Ética para
Contadores de la IESBA en julio del 2009, y fue aprobado por el Comité
Ejecutivo de la IFAC para su implementación a nivel mundial, entrando en
vigencia desde el 1 de enero del 2011.
Este Código de Ética del Contador Profesional de la IFAC establece
requerimientos éticos para los Contadores profesionales de todo el mundo,
disponiendo que ninguna institución o firma miembro de la IFAC puede
aplicar normas menos rigurosas que las establecidas en este código.
El Código de Ética de la IFAC 2011, enuncia cinco Principios Fundamentales,
los que deben cumplir todos los Contadores del mundo, y son:
• Integridad
• Objetividad
• Competencia Profesional y debido cuidado
• Confidencialidad
• Comportamiento Profesional
1. Integridad
Un Contador profesional debe ser sincero y honesto en todas sus relaciones
profesionales y de negocios.
El principio de integridad, impone sobre todo profesional la obligación
de ser franco y honesto en sus relaciones profesionales y de negocios.
La Integridad también implica transacciones justas y verdaderas.
Un Contador profesional no debe estar asociado a informes, rendiciones,
comunicaciones u otra información donde él crea que la información:
Contiene un material falso o declaraciones engañosas, Contiene declaraciones
o información suministrada imprudentemente, Omite o retiene información
requerida para ser incluida donde tales omisiones o retenciones podrían
ser engañosas.
2. Objetividad
Un Contador profesional no debe permitir que los favoritismos, conflictos
de interés o la influencia indebida de otros eliminen sus juicios profesionales
o de negocios.
El principio de objetividad, impone al Contador profesional la obligación
de no comprometer su juicio profesional por favoritismos, conflictos
de intereses o la indebida influencia de otros.
Un Contador profesional podría estar expuesto a situaciones que podrían
dañar su objetividad. Se deben evitar las relaciones de favoritismo o de
influencia sobre el juicio del Contador profesional.
3. Competencia Profesional y debido cuidado
Un Contador profesional tiene el deber continuo de mantener sus habilidades
y conocimientos profesionales en el nivel apropiado para asegurar
que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado
en los desarrollos actuales de la práctica, legislación y técnicas.
Un Contador profesional debe actuar diligentemente y de acuerdo a las
técnicas aplicables y las normas profesionales cuando proporciona sus servicios
profesionales.
El principio de Competencia Profesional y debido cuidado, impone al
Contador profesional las siguientes obligaciones:
a) Mantener sus conocimientos y habilidades profesionales en el nivel
requerido para asegurar que sus clientes y empleadores reciban un
competente servicio profesional, y
b) Actuar diligentemente de acuerdo con las técnicas aplicables y las
normas profesionales cuando proporciona sus servicios.
Un servicio profesional competente requiere el ejercicio de un juicio
sensato en la aplicación de los conocimientos y habilidades profesionales en
el desarrollo de tal servicio.
4. Confidencialidad
Un Contador profesional debe respetar la confidencialidad de la información
obtenida como resultado de sus relaciones profesionales y de negocios
y no debe revelar esta información a terceros que no cuenten con la
debida autoridad a menos que exista un derecho o deber legal o profesional
para revelarla.
La información confidencial obtenida como resultado de las relaciones
profesionales o de negocios no debe ser usada por el Contador profesional
para obtener beneficios personales o para terceros.
El principio de confidencialidad, impone al Contador profesional la
obligación de abstenerse de:
a) Divulgar fuera de la firma u organización empleadora la información
confidencial obtenida como resultado de sus relaciones profesionales
y de negocios sin la autorización apropiada y específica o
a menos que exista un derecho legal o profesional o deber de revelarla,
y
b) Usar la información confidencial obtenida como resultado de sus
relaciones profesionales y de negocios para su beneficio personal o
para el beneficio de terceros.
Un Contador profesional debe mantener la confidencialidad incluso en
el ambiente social.
El Contador profesional debe estar alerta a la posibilidad de revelar
información inadvertidamente, particularmente en circunstancias que implican
una larga asociación con un socio o un miembro inmediato de la familia.
Un Contador profesional debe tomar todas las medidas necesarias
para asegurar que el equipo bajo su control y las personas de las cuales se
obtiene asesoría y ayuda respeten el deber de confidencialidad del Contador
profesional.
La necesidad de cumplir con el principio de confidencialidad continua
hasta después de finalizada la relación entre el Contador profesional y su
cliente o empleador.
5. Comportamiento Profesional
Un Contador profesional debe cumplir con los reglamentos y leyes
relevantes y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.
El principio del Comportamiento profesional, impone sobre los Contadores
profesionales la obligación de cumplir con las leyes y regulaciones
relevantes y evitar cualquier acto que desacredite a la profesión.
En la publicidad y promoción de su trabajo y de ellos mismos, los
Contadores profesionales no deben desprestigiar a la profesión. Ellos deben
ser honestos y sinceros y no deben realizar afirmaciones exageradas sobre
los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones que poseen, o la experiencia
obtenida, o realizar referencias desacreditadoras o comparaciones
sin fundamento con el trabajo de otros.
El Contador profesional en la práctica pública no debe comprometerse
con ningún negocio, ocupación o actividad que dañe o pueda dañar la integridad,
objetividad o la buena reputación de la profesión y como consecuencia
sea incompatible con la prestación de sus servicios profesionales, debe
estar de acuerdo en proporcionar sólo aquellos servicios para los cuales se
encuentra capacitado, antes de aceptar un compromiso específico con un
cliente, el Contador profesional debe considerar si su aceptación podría
crear alguna amenaza al cumplimiento de los principios fundamentales.
En las situaciones donde un Contador profesional es solicitado para
proporcionar una segunda opinión sobre la aplicación de normas o principios
de contabilidad, auditoría, presentación u otras normas o principios
para circunstancias específicas o transacciones por o en nombre de una
compañía o entidad que no es un cliente existente, podría dar pie a amenazas
al cumplimiento con los principios fundamentales. Por ejemplo, podría
haber una amenaza a la competencia profesional y debido cuidado en circunstancias
donde la segunda opinión no esté basada en el mismo conjunto
de hechos que estuvieron disponibles para el Contador actual, o está basada
sobre evidencia inadecuada.
El Contador profesional no debe desacreditar a la profesión cuando
comercializa sus servicios profesionales.
El Código de Ética del Contador Profesional de la IFAC vigente desde
el 1 de enero del 2011, contiene tres partes:
Parte A: Aplicación General del Código.- Contiene la introducción y
los Principios Fundamentales, los que se encuentran normados en la sección
100 hasta la sección 150, en los cuales se encuentran definidos los cinco
principios fundamentales de la Ética.
Parte B: Los Contadores Profesionales en la práctica pública.- Contiene
algunos ejemplos de circunstancias que crean amenazas en la práctica
profesional y las salvaguardas que se pueden tomar en cuenta para observar
los principios fundamentales de la Ética, abarca desde la sección 200 hasta
la sección 291.
Parte C: Los Contadores Profesionales en los negocios.- Contiene algunos
ejemplos de circunstancias que crean amenazas para los Contadores que
pueden ser empleados, socios, directores, y las salvaguardas para amparar
los Principios de la Ética, abarcan desde la sección 300 hasta la sección 350.

4. Conclusiones
Los Códigos de Ética del Contador Público, deben contener el marco
conceptual que requieren los Contadores Públicos para identificar, evaluar y
direccionar su actuación profesional, dentro de un marco adecuado, ante la
sociedad.
El Código de Ética del Contador Público, debe contener un conjunto de
normas, que tengan por objetivo, orientar la actuación profesional, dentro de
los marcos del honor, dignidad y capacidad profesional, actuando con probidad
y buena fe, en todos sus actos.
El Código de Ética de la IFAC 2011, está compuesto por tres partes:
En la Parte A, establece los cinco principios fundamentales de la Ética
Profesional, proporcionando un marco conceptual para la aplicación de estos
principios a nivel mundial.
En las partes B y C, proporcionan algunos ejemplos de salvaguardas,
que podrían ser apropiados para aminorar las amenazas en el cumplimiento
de los principios fundamentales de la Ética de los Contadores Profesionales.
Todos los organismos rectores de la profesión contable existentes en
todos los países del mundo, deben disponer la difusión y conocimiento del
Código de Ética de la IFAC, además de que en cada País los Contadores
Públicos deben conocer y acatar íntegramente el Código Profesional de su
respectivo País.

Referencias bibliográficas
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MUÑOZ, M. (2001) “Ética”, México.
VARGAS, S. (2002) “Ética”, Barcelona.
VIDAL, M. (1992) “Conceptos Fundamentales de Ética”, Trotta, Madrid.

CPCC. MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI
Contador Benemérito del Perú
Contador Símbolo del Cusco

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